En Yumbo se calentó la plaza
2018 inicia con protestas por fotomultas
Juristas y analistas de derecho público, derecho penal y de
área administrativa, estudian decisión de las
administraciones del alcalde de Yumbo Carlos Bejarano y de la Gobernadora
Dilian Francisca Toro, sobre adjudicación de contrato sobre aplicación de fotomultas en
sectores demarcados de la antiguas vías a Cali, Dapa y sector urbano.
Foto: http://deborondo.com/polemica-instalacion-dos-camaras-fotomultas-antigua-via-yumbo-cali/
Acudiendo a normas vigentes, el límite de velocidad para
determinados sectores de la vía es de 30 kilómetros por hora, y al propietario o
motoristas de todo vehículo que exceda esa velocidad se le aplicará multa a la
que se le adicionaría otra multa correspondiente a infracciones sobre violación
al régimen de seguro obligatorio de accidentes de tránsito.
Frente a estas medidas, consideradas arbitrarias, y la
forma como se realizó el contrato, se generaron algunas dudas en medios de
veeduría ciudadana y control a la gestión pública, además de motoristas y
trabajadores de la zona industrial y residentes de la cabecera municipal toda
vez que hay cámaras para monitoreo de fotomultas en distintas vías urbanas,
salida a la Cumbre y via a Cali, ya mencionados.
Al detectarse presuntas irregularidades en la suscripción del
respectivo contrato con la empresa privada que instaló las cámaras y que
presuntamente se beneficiará con el recaudo por concepto de fotomultas, varios
abogados y acuciosos ciudadanos analizan los términos de dicho contrato.
Sobre posibles irregularidades en la licitación, adjudicación
y firma de dicho contrato, dice el profesor Marco Gerardo Monroy Cabra, de la
Academia Colombiana de Jurisprudencia y ex magistrado de la Corte Suprema de
Justicia y Corte Constitucional: “Según el artículo 410 del Código Penal, sobre Contrato sin cumplimiento
de requisitos legales, “todo servidor público ordenador del gasto público, que
por razón del ejercicio de sus funciones, tramite contrato sin observancia de
los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el
cumplimiento de los mismos, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años,
multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales
vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas”.
Agrega el profesor Monroy Cabra: “de acuerdo al ámbito de aplicación de la jurisprudencia penal en materia de contratación estatal, los fiscales y jueces
penales tendrán facultad de juzgar y decidir si el servidor público tramitó un
contrato administrativo sin el cumplimiento de requisitos legales esenciales, o
si profirió resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley
sin violar la competencia otorgada por la Constitución y la Ley al juez
contencioso administrativo para declarar la ilegalidad, nulidad o
ilicitud de un acto o contrato, porque las consecuencias de la investigación
administrativa y la investigación penal son diferentes”,
A lo anterior se suma, dice el Ex Presidente
de la Corte Constitucional que el juez contencioso examina los documentos y
declara la nulidad, ilegalidad o ilicitud de un acto o contrato, y ya al juez
penal le corresponde decidir en la sentencia la responsabilidad penal del
sujeto activo calificado (servidor público). Las conclusiones en uno y en
otro caso pueden finalizar en forma armónica o complementaria, o en forma
totalmente diferente”.
Según trascendió por denuncias ciudadanas, “el
contrato de adjudicación de las fotomultas fue adjudicado en licitación pública
en que hubo un solo proponente y a éste le fue adjudicado el contrato”.
Reacciones
María Isabel Moreno, diputada: “ Nos privatizaron lo nuestro en nuestra cara. Que
triste, prepararé derechos de petición al Departamento, para que me justifiquen
y argumenten. Permisión y convenio, no los conozco!!!, ni la ciudadanía, como
siempre todo a las espaldas. Informaré donde más estará el negocio de la foto
multa”.
Ronald Mayorga, comunicador y presentador de
Tv: “En nuestras narices negociaron la Secretaria de
Tránsito, la rifaron en una piñata. El daño es histórico y por muchos años,
solo hay que revisar los detalles de la concesión. Lo de las fotomultas es solo
el inicio. El Gobierno de las Oportunidades confirma lo que todos ya saben: Es
un desastre. Y faltan dos años”.
Andrés Leyva, de Fundación
Aguas Claras: “La existencia
de proponente único es legítimo. Lo irregular es que de pronto en las
especificaciones técnicas y requisitos fueron tan “cuchillas” que seguramente
se direccionó el proceso a la empresa adjudicataria. Revisar proyecto de
pliegos, observaciones y demás etapas del proceso. Además, lupa en los trámites
administrativos que se accionaron para cumplir con los principios de la función
pública y la contratación, verbigracia: publicidad, igualdad y transparencia”.
Viviana Bolívar,
administradora y líder empresarial: “Ese es de los negocios más grandes para
recaudar dinero acá en Cali... y ha sido difícil tumbarlo, Me entristece que
pase lo mismo en mi pueblo, si de verdad quisieran prevenir accidentes pondrían
reductores o harían campañas de conciencia ciudadana”.
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